La vía de presentación, los documentos exigidos por figura y los defectos formales que tumban solicitudes. Un expediente impecable de méritos se cae igual si el CVA no sale del editor CVN o si falta una firma electrónica válida.
Cada afirmación lleva su fuente al final de la página; lo no confirmado va marcado como «⚠️ Por verificar».
1. Vía de presentación
1.1. Programa ACADEMIA (PTU y CU) — Sede Electrónica de ANECA
- Dónde: Sede Electrónica de ANECA (
https://aneca.sede.gob.es/, aplicación ACCEDA), opción PROCEDIMIENTOS → trámite “ACADEMIA”. Es una convocatoria permanentemente abierta (se puede solicitar en cualquier momento). Código SIA 1220175. Fuentes: Guía “Cómo presentar una solicitud” (ANECA_responde); Ficha SIA del trámite. - Ámbito temporal: el procedimiento actual (ACADEMIA 2024) se aplica a las solicitudes presentadas a partir del 1 de abril de 2024, conforme al RD 678/2023. Fuente: Procedimiento ACADEMIA 2024, v2 de 31/03/2024 (PDF firmado por la directora de ANECA).
- Identificación y acceso: DNI electrónico o certificado electrónico; el acceso al trámite se hace con cl@ve (el solicitante elige el sistema). Las personas extranjeras no residentes necesitan NIE + certificado electrónico (se gestiona en el Consulado). Fuente: guía ANECA_responde y ficha SIA citadas.
- Estructura del formulario online (pestañas de la aplicación ACCEDA):
- SOLICITANTE: correo electrónico y teléfono.
- DATOS SOLICITUD: tipo de solicitud (Titularidad o Cátedra) y origen de la solicitud (según el origen se despliegan datos y, en su caso, enlaces para adjuntar documentos específicos: p. ej. documentos de exención/dispensa de movilidad, justificante de 8 años de doctorado, etc.).
- COMISIÓN DE ACREDITACIÓN: selección de la Comisión y del Área de Conocimiento por las que se pide ser evaluado (comisiones creadas por Resolución de 14/11/2023, BOE 22/11/2023).
- DOCUMENTOS COMUNES: enlaces de subida. Hay (a) obligatorios para todas las solicitudes (marcados con
*; sin ellos la solicitud no se puede cerrar): CV Breve (CVA ANECA), declaración de veracidad y certificados de docencia impartida; y (b) obligatorios según el tipo de solicitud/situación personal (p. ej. autoinforme de calidad docente con el modelo ANECA, formulario de movilidad, etc.). - PROTECCIÓN DE DATOS: casilla obligatoria de información sobre uso de datos personales.
- ENVIAR + FIRMAR: casilla de método de firma + casilla de consentimiento; la firma se ejecuta con la aplicación Autofirma (última versión instalada). Fuente: guía ANECA_responde citada.
- Borradores: la aplicación permite GUARDAR BORRADOR y recuperarlo desde la pestaña BORRADORES antes del envío definitivo. Fuente: guía ANECA_responde citada.
- Restricción técnica clave: solo se permite un archivo por categoría documental; para varios documentos en una categoría hay que comprimirlos en un único ZIP. La misma regla aplica al contestar requerimientos. Fuente: guía ANECA_responde citada.
- Seguimiento: estado del expediente en “Mis expedientes” de la sede; confirmación de recepción por correo. Fuente: guía ANECA_responde; art. 15.2 RD 678/2023.
- Requerimientos (subsanación y evaluación): se reciben y se contestan exclusivamente desde “Mis expedientes – Requerimientos”; la opción “Aportación de documentos” no está habilitada. Documentación no requerida se une al expediente por el Registro Electrónico General (
https://reg.redsara.es/). La sede envía e-mail de aviso. Fuente: guía ANECA_responde citada. - Plazos de subsanación: si falta documentación preceptiva o no reúne requisitos, requerimiento para subsanar en 10 días (hábiles); si no se subsana, desistimiento (art. 19.2 RD 678/2023; Procedimiento 2024, ap. 4.4, que lo formula como “10 días hábiles”). En evaluación, las comisiones pueden recabar aclaraciones/justificaciones adicionales con plazo de 10 días; lo no aportado no se valora (art. 19.3). Además, ANECA selecciona aleatoriamente solicitudes en el momento de presentación para exigir la justificación documental de méritos alegados en 10 días hábiles; si no se aporta, desistimiento (art. 68.1 Ley 39/2015). Fuente: RD 678/2023, arts. 19 y 22-23; Procedimiento 2024, ap. 4.3-4.4 y 6.2.
- Agosto inhábil: el mes de agosto es inhábil a efectos de plazos del procedimiento de acreditación (Orden CIN/2202/2008, de 23 de julio). Fuente: ficha SIA del trámite y normativa aplicable en ANECA_responde.
- Plazo de resolución: 6 meses desde el registro de la solicitud; el silencio es desestimatorio (art. 23.2 RD 678/2023 y art. 69.3 LOSU). Si el procedimiento se paraliza por causa imputable al solicitante, a los 3 meses caduca y se archiva. Fuente: RD 678/2023 art. 23; Procedimiento 2024, ap. 7.
- Tasas: el art. 18 del RD 678/2023 prevé el abono de las tasas de ANECA “que anualmente se determinen en los Presupuestos Generales del Estado”. ⚠️ Por verificar: ni el Procedimiento ACADEMIA 2024, ni la guía oficial de solicitud, ni la ficha SIA incluyen paso de pago ni importe vigente (con los PGE 2023 prorrogados desde 2024). No se ha podido confirmar si actualmente se devenga tasa ni su cuantía; confirmar en la sede.
1.2. Programa PEP (PCD y PUP) — Sede Electrónica del Ministerio
- Dónde: Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, trámite “Evaluación para la contratación del profesorado universitario (Programa PEP)” (código SIA 210440;
https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Programa_PEP/). Fuentes: ANECA – Procedimiento de solicitud PEP; Ministerio – PEP. - Figuras evaluadas hoy: la ley exige informe favorable previo de ANECA para Profesor/a Contratado/a Doctor/a (PCD) en universidades públicas; para universidades privadas, el 60 % del profesorado doctor debe tener evaluación positiva para Profesor/a de Universidad Privada (PUP). La evaluación positiva de PCD capacita automáticamente para PAD y PUP. La figura PAD ya no requiere acreditación previa (art. 78 LOSU y nota de la SGU de 30/03/2023). Fuentes: ANECA – Personal contratado; nota informativa ANECA sobre PAD; taller UMA sobre acreditación 2024.
- Requisito de acceso: título de Doctor (si está en homologación se puede pedir la evaluación, pero sin efectos hasta la homologación). Fuente: Ministerio – PEP.
- Acceso y firma: DNI/NIE; firma con certificado reconocido por @firma, firma no criptográfica con códigos de un solo uso al móvil (cl@ve PIN) o Clavefirma (firma en la nube). La solicitud se consolida en la aplicación y luego se registra y firma en el registro electrónico del Ministerio. Fuentes: ANECA – Procedimiento de solicitud PEP; Manual de usuario PEP (PDF).
- Convocatoria: abierta permanentemente. Plazo de resolución: 6 meses desde el registro. Subsanación de requisitos formales: 10 días (si no, desestimación y archivo). Fuente: Guía de ayuda al solicitante PEP, 12/02/2021 (PDF), ap. 2 y 4.
- Tasas: el procedimiento PEP (RD 1052/2002) no contempla tasa en ninguna de las fuentes oficiales consultadas. ⚠️ Por verificar en la ficha SIA 210440.
- Estados del expediente PEP: Sin consolidar → Pendiente de registro SGU → Registrado en SGU → Pendiente de subsanación → Pendiente de evaluación → Ampliación de documentación → Evaluada → Notificada resolución. Fuente: Guía PEP, ap. 13.
1.3. Sexenios (CNEAI) — contexto documental
No es objeto principal de este documento, pero comparte mecánica con ACADEMIA: solicitud telemática en la sede de ANECA, 5 aportaciones principales + hasta 2 sustitutorias, cada una con identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID o URI permanente) y enlace al repositorio donde está depositada (depósito obligatorio), “breve resumen” por aportación con el máximo que fija la aplicación, CV del período (se recomienda modelo FECYT) y hoja de servicios posterior a la publicación de la convocatoria. Fuente: Instrucciones Convocatoria Sexenios 2025 (ANECA_responde).
2. Documentos por figura
2.1. Documentos comunes ACADEMIA (PTU y CU)
Según la guía oficial de solicitud y el Procedimiento 2024 (ap. 4.2-4.3):
| Documento | Formato | Observaciones |
|---|---|---|
| CV Breve (CVA ANECA) | PDF generado con el estándar CVN de FECYT, opción “CVA ANECA” del Editor (https://cvn.fecyt.es/editor) |
Obligatorio (*). Incluye resumen narrativo del currículum y la selección de contribuciones relevantes con explicación narrativa de su calidad, relevancia e impacto. Límites de contribuciones por apartado: ver 2.2. |
| Declaración de veracidad / responsable | Modelo ANECA descargable (documentos de ayuda) | Obligatorio (*). La inexactitud o falsedad de datos esenciales ⇒ resolución negativa + 12 meses sin poder solicitar (art. 19.5 RD 678/2023). |
| Certificados de docencia impartida | Modelo ANECA o modelos propios de cada universidad siempre que contengan todos los datos del modelo ANECA | Obligatorio (*). Varios certificados ⇒ un solo ZIP por categoría. Docencia en el extranjero: certificados del departamento, instancia universitaria superior o RRHH del centro. |
| Hoja de servicios | Emitida por la universidad/organismo | Procedimiento 2024, ap. 4.3. |
| Certificación de méritos de docencia (experiencia +, en su caso, resultado positivo DOCENTIA) | La genera cada universidad recogiendo los datos pedidos por ANECA | Procedimiento 2024, ap. 4.3. |
| Autoinforme de calidad de la actividad docente | Modelo ANECA (documentos de ayuda) | “En su caso”: sustituye/complementa la evaluación de calidad cuando no hay certificado DOCENTIA. En el CVA, los períodos de actividad docente (quinquenios) solo se muestran si no se aporta certificado DOCENTIA. Fuente: CVA ANECA desde CVN (PDF). |
| Justificación documental de méritos | PDF enlazado en el CVA (identificadores persistentes, enlaces a repositorios) | Régimen de presunción de veracidad: no se adjunta todo; ANECA comprueba el título de doctor en el RNTUO y selecciona aleatoriamente solicitudes para exigir justificación en 10 días hábiles (art. 19.4 RD 678/2023; Procedimiento 4.3). |
| Identificadores persistentes y depósito en repositorio | DOI/Handle/ARK/SWHID/URI permanente + enlace a repositorio institucional/temático/generalista en acceso abierto | Obligatorio incluir los enlaces de depósito en el CV narrativo (Nota informativa ANECA de 19/03/2026; arts. 37 Ley 14/2011 y 12 LOSU; art. 17.3 RD 678/2023). Datos: principios FAIR. Software: licencias OSI. |
| Certificado de vida laboral | Informe TGSS | Solo si se aporta experiencia laboral/profesional. |
| Certificados de situaciones especiales | Discapacidad, bajas, maternidad/paternidad, excedencias, violencia de género/terrorista | En su caso; habilitan dispensa de movilidad y prórrogas de cómputo. |
Fuentes de la tabla: guía de solicitud ACADEMIA, Procedimiento 2024, Nota informativa depósito de resultados, 19/03/2026.
Idiomas: la documentación puede presentarse en inglés; en otra lengua extranjera requiere traducción al castellano (Procedimiento 2024, ap. 4.3). No existe un requisito formal de acreditación de idiomas (el pluralismo lingüístico se valora como criterio, art. 21.4 RD 678/2023). ⚠️ No hay límites oficiales de páginas/palabras localizados para la narrativa del CVA (el límite formal es el número máximo de contribuciones por apartado, ver 2.2); en sexenios el “breve resumen” tiene el máximo que fija la aplicación telemática.
2.2. Específicos por cuerpo (ACADEMIA)
PTU (Profesor/a Titular de Universidad):
- Requisitos legales a la firma de la solicitud: título de doctor (títulos extranjeros: declaración de equivalencia, disp. adic. 2ª RD 889/2022) + movilidad de 9 meses acumulados en universidades/centros distintos del de la tesis (excluida la mera participación en proyectos). Fuente: Procedimiento 2024, ap. 3.1 y 5.
- Formulario de movilidad (modelo ANECA) + certificados de los centros con fechas y actividades; o documentos de exención legal (DT 5ª y DA 11ª LOSU) o de dispensa (art. 4.3 RD 678/2023: discapacidad —grave: ≥6 meses dispensables, moderada: ≥3—; situaciones prolongadas de enfermedad/cuidado: ≥2 años en los 6 anteriores). Fuente: Procedimiento 2024, ap. 4.1 y 5.
- Límites de contribuciones en el CVA (bloque investigación): máximo 8 contribuciones, de las que al menos 5 en el apartado 1.2.1 (publicaciones y resultados). Otros apartados: p. ej. proyectos/competitivos máx. 3; divulgación máx. 2. Fuente: Criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia, Dirección ANECA 20/03/2024.
- Suficiencia: mínimo 50/100 puntos en investigación-transferencia y en docencia (y en actividad profesional solo en áreas clínicas de Ciencias de la Salud, Comisión 7). Reconocimientos automáticos de investigación: I3/R3 (PTU) y ERC Starting/Consolidator/Advanced/Synergy. Fuente: Procedimiento 2024, ap. 6; Criterios 20/03/2024.
CU (Catedrático/a de Universidad):
- Acceso por los supuestos del art. 5 RD 678/2023: ser TU, PPL, Catedrático/a de Escuela Universitaria, o doctor/a con ≥8 años de antigüedad + trayectoria investigadora excelente acreditada en la acreditación a PTU (≥90 puntos en el Bloque 1), o personal investigador funcionario doctor, o profesorado UE con posición comparable (Orden CNU/1385/2024, procedimiento de Certificado de Posición Comparable). Documentos de origen según el supuesto (nombramiento, acreditación PTU, certificado de posición comparable, etc.). Fuentes: Procedimiento 2024, ap. 3.2; Criterios 20/03/2024; ficha SIA.
- El CVA debe incluir además el bloque de liderazgo (dirección de equipos, tesis, gestión, comités científicos). Límites: máximo 20 contribuciones en investigación, de las que al menos 15 en 1.2.1; y actividad suficiente en los 6 años anteriores (sexenio reconocido en ese período o ≥5 contribuciones de 1.2 en esos 6 años, prorrogable 1 año por permiso/excedencia/baja). Fuente: Criterios 20/03/2024.
- Suficiencia: 50/100 en investigación-transferencia, docencia y liderazgo (y actividad profesional en áreas clínicas). La evaluación y resolución corresponden a las subcomisiones (art. 7.6 y 20.4 RD 678/2023).
- Solicitud simultánea PTU+CU: posible con ≥8 años de doctorado cumpliendo la movilidad de PTU; la comisión puede conceder ambas o solo PTU. Fuente: Procedimiento 2024, ap. 3.3 y 7.
2.3. PEP (PCD y PUP)
- CV normalizado PEP (modelo del Anexo II de la Resolución DGU de 18/02/2005), cumplimentado en la aplicación del Ministerio; todo mérito alegado debe ir acreditado documentalmente (apartado “Documentación acreditativa”, por categorías). Un mérito evaluable en dos apartados solo puede presentarse en uno. Fuente: Guía de ayuda PEP, ap. 3, 5 y 6.
- Justificación por tipo de mérito (Guía PEP, ap. 6): artículos (primera/última página + índice; carta de aceptación de editorial si está aceptado —no valen e-mails—; indicios de calidad en no indexadas); libros/capítulos (portada, créditos, ISBN, índice); proyectos/contratos (resolución de concesión + certificado de participación y duración); patentes (registro, concesión, explotación); tesis dirigidas (certificado universitario con doctorando, título, directores, menciones); congresos (resumen + tipo de participación); docencia (certificación de la universidad con puestos y docencia oficial; docencia por encargo: informe del director/secretario del departamento); formación académica (expediente completo con nota media, título de doctor, carátula/índice/resumen de la tesis, menciones); estancias (concesión + carta del centro receptor); experiencia profesional (contrato o documento de Seguridad Social).
- Tabla resumen figura → documentos → formato:
| Figura | Programa / vía | Documentos obligatorios | Formato clave |
|---|---|---|---|
| PAD | Sin acreditación previa (art. 78 LOSU) | — (la evaluación positiva PCD capacita para PAD) | — |
| PCD | PEP / sede Ministerio | Solicitud online + CV normalizado PEP + documentación acreditativa de todos los méritos + título de doctor (o homologación en curso) | CV normalizado (Anexo II Res. 2005); PDFs por categoría; firma @firma/cl@ve/Clavefirma |
| PUP | PEP / sede Ministerio | Idem PCD (misma solicitud, figuras simultáneas posibles) | Idem |
| PTU | ACADEMIA / sede ANECA | CVA ANECA (CVN) + declaración de veracidad + certificados docencia + hoja de servicios + formulario de movilidad (o exención/dispensa) + autoinforme de calidad docente (en su caso) + depósito en repositorio con PID | PDF; un archivo por categoría (ZIP); Autofirma |
| CU | ACADEMIA / sede ANECA | Idem PTU (sin movilidad) + bloque de liderazgo en el CVA + documentos del origen de la solicitud (nombramiento TU/PPL/CEU, acreditación PTU con excelencia, certificado UE…) | Idem |
3. Requisitos formales que tumban solicitudes
- Subsanación no atendida: 10 días (hábiles) desde la notificación; si no, desistimiento (art. 19.2 RD 678/2023; Procedimiento 4.4). En PEP, desestimación y archivo (Guía PEP, ap. 2).
- Título de doctor no comprobado en el RNTUO: ANECA requiere su aportación en 10 días hábiles; si no, desistimiento (Procedimiento 4.3). En PEP es requisito previo en fecha anterior a la solicitud.
- Requisitos legales cumplidos ANTES de la firma: la persona solicitante debe cumplirlos en fecha anterior a la firma de la solicitud (Procedimiento 4.4). Movilidad de PTU no acreditada/eximida ⇒ resolución negativa de admisión sin valorar méritos (con trámite de alegaciones de 10 días; no se aplica la restricción de 12 meses del art. 23.3).
- Canal incorrecto en requerimientos: responder por “Aportación de documentos” no vale (opción inhabilitada); solo cuenta “Mis expedientes – Requerimientos” (guía ANECA_responde).
- Documentos no normalizados: CVA que no siga el estándar CVN/CVA ANECA; certificados de docencia que no contengan todos los datos del modelo ANECA; más de un archivo por categoría sin comprimir en ZIP.
- Justificación aleatoria no atendida: si la solicitud es seleccionada para verificación y no se aportan los documentos en 10 días hábiles, desistimiento (Procedimiento 4.3).
- Falsedad o inexactitud esencial: resolución negativa + prohibición de nueva solicitud durante 12 meses + posibles responsabilidades (art. 19.5 RD 678/2023).
- Caducidad: procedimiento paralizado por causa imputable al solicitante ⇒ archivo a los 3 meses (art. 23.2 RD 678/2023).
- Resolicitud tras negativa: ACADEMIA, 12 meses desde la presentación de la solicitud desfavorable (art. 23.3; en solicitud simultánea con concesión solo de PTU se considera parcialmente negativa para CU); PEP, 6 meses desde la notificación (RD 1052/2002, art. 4.4; Guía PEP ap. 4 y 11).
Si te deniegan: alegaciones y recursos
- ACADEMIA — alegaciones previas: ante propuesta de resolución negativa, la comisión la remite al solicitante para alegaciones y pruebas en 10 días (hábiles), con vista del expediente (art. 22 RD 678/2023; Procedimiento 6.2).
- ACADEMIA — reclamación: contra la resolución, reclamación en 1 mes ante el Consejo de Universidades (Comisión de Reclamaciones, Reglamento RD 1677/2009), a través de la sede electrónica del Ministerio de Universidades. La Comisión resuelve en 6 meses (silencio desestimatorio) o remite a ANECA para revisión por las 5 comisiones de revisión (informe vinculante). Su resolución pone fin a la vía administrativa: cabe recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo directamente. Fuente: art. 25 RD 678/2023; Ministerio – reclamaciones ACADEMIA; Procedimiento 2024, ap. 8.
- PEP — recurso de alzada: ante la resolución negativa de la SGU, alzada ante el Ministro de Universidades en 1 mes; la CAEP emite informe. La resolución del recurso pone fin a la vía administrativa (contencioso-administrativo en 2 meses desde la notificación de desestimación expresa). Fuente: Guía PEP, ap. 11; ANECA – Procedimiento de solicitud PEP.
Fuentes
- RD 678/2023, de 18 de julio (texto consolidado, arts. 15-25): https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/07/18/678/con
- Procedimiento para la obtención de la acreditación estatal (ACADEMIA 2024), v2 31/03/2024: https://www.aneca.es/documents/20123/53669/report_PROCEDIMIENTO_ACADEMIA_310324.pdf
- ANECA_responde — “¿Cómo presentar una solicitud en el Programa ACADEMIA?”: https://ayuda.aneca.es/hc/es/articles/21625388644764--C%C3%B3mo-presentar-una-solicitud-en-el-Programa-ACADEMIA
- ANECA_responde — Normativa aplicable ACADEMIA (incl. Orden CIN/2202/2008, agosto inhábil): https://ayuda.aneca.es/hc/es/articles/21605055650716
- Ficha SIA 1220175 (ACADEMIA, sede ANECA): https://sede.aneca.es/oficina/tramites/acceso.do?block=PROFESORADO_252&blockType=AREAS_SEDE&entity=252&id=584
- ANECA — Procedimiento de Acreditación 2024 (fases, reclamación): https://www.aneca.es/procedimiento-de-acreditaci%C3%B3n-2024
- Criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia, Dirección de ANECA 20/03/2024: https://www.aneca.es/documents/20123/238516/Criterios200324_actualizacion-anexos.pdf
- “¿Cómo genero mi CVA ANECA desde el Editor CVN de FECYT?” (tabla de correspondencias): https://www.aneca.es/documents/20123/243537/CVA-ANECA_desdeCVN.pdf
- Nota informativa ANECA — depósito obligatorio de resultados de investigación, 19/03/2026: https://www.aneca.es/documents/20123/243537/Nota+informativa+requisito+ACADEMIA.pdf
- ANECA — Personal contratado (PEP, figuras PCD/PUP, nota PAD): https://www.aneca.es/personal-contratado
- ANECA — Procedimiento de solicitud PEP (firma, recursos, figuras simultáneas): https://www.aneca.es/procedimiento-de-solicitud
- Guía de ayuda al solicitante PEP, 12/02/2021: https://www.aneca.es/documents/20123/52301/pep_guiadeayuda_210212.pdf
- Ministerio — Evaluación para la contratación del profesorado universitario (PEP), SIA 210440: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Programa_PEP/ y https://www.ciencia.gob.es/Universidades/PEP.html
- Manual de usuario PEP (Ministerio): https://www.ciencia.gob.es/dam/jcr:82c6f02d-cebf-45d0-82cd-ec0b993b0aa6/PEP_ManualSolicitud.pdf
- Ministerio — Reclamación contra resoluciones de acreditación ACADEMIA: https://www.ciencia.gob.es/Universidades/ReclamacionANECA.html
- ANECA_responde — Instrucciones Convocatoria Sexenios de Investigación 2025: https://ayuda.aneca.es/hc/es/articles/24574661657628
- Biblioteca Universidad de Sevilla — “Reforma Programa ACADEMIA mayo 2024” (desaparición de la app ACADEMIA, CVA como en sexenios): https://bib.us.es/sites/bib3.us.es/files/investiga47.pdf
- Taller UMA Acreditación 2024 (PAD sin acreditación previa, art. 78 LOSU): https://hdl.handle.net/10630/31806